La nueva ley requiere la instalación de un medidor eléctrico o separado en edificios para el ahorro de energía con un sistema de calefacción central construido antes de 1998.

Tras varios años de retraso, el Gobierno aprobó el 4 de agosto el Real Decreto número 736/2020, que contabiliza el consumo personal en las instalaciones termales del edificio. Este decreto es obligatorio para instalar en cada casa un sistema ahorro de energía y de calefacción central.

Esta medida se ha revelado para mercantilizar los egresos generados por el consumo entre cada hogar que comparte calefacción central de manera justa y sensata. De esta forma, cada vecino pagará según su consumo. Además, se ha aprobado el decreto porque se estima que el método permitirá el ahorro de energía en las viviendas en un 24%.

¿Qué viviendas con instalaciones de calefacción central necesitan un contador eléctrico independiente?

El decreto requiere la instalación de medidores individuales en edificios con sistemas de calefacción central construidos antes de 1998 (se ha requerido que los medidores construidos después de esa fecha deben colocarse en estos contadores). Cabe destacar que depende únicamente de las características de la instalación. Cuando la instalación de un solo medidor es factible, esta es obligatoria ya que da como resultado una compensación económica. Esto se refiere a si el costo de instalación del medidor se compensa con 4 años de ahorro de energía.

Además, el país infiere que las áreas más tropicales están libres de impuestos y por lo tanto están definidas como a, A y B en el Código Técnico de la Edificación.

¿En cuánto tiempo debo instalar?

Para 2022 o 2023, el margen para instalar un solo medidor dependerá del área en la que viva y la cantidad de casas en el edificio. Primero, la comunidad debe solicitar un estudio para verificar si la instalación es factible en términos de infraestructura y economía. Si la instalación es válida, cada instrumento debe activarse dentro de los 15 meses posteriores a la fecha de la investigación.